Detalles del Proyecto: ANMAT-PME-MID 001-00 / 6300






Sugerencias

NombreFechaSugerencia
CAPRODI (Cámara Argentina de Reactivos para Diagnóstico)29/4/2024 00:00:00Notamos que la disposición no contempla el caso especial de los reactivos, que se vería comprometida la posición del importador ya que, al tener responsabilidad regulatoria sobre el producto registrado por su empresa, una vez cedido el registro a un usuario, no tiene forma de velar por el cumplimiento de las BPF ni de seguir la trazabilidad del producto, pasando a depender estas cuestiones regulatorias de quien lo distribuye.
Gustavo Pigino19/4/2024 00:00:00Hola buenas tardes, seria interesante que ANMAT pudiese chequear que toda la gente que vende pañales reutilizables de tela este habilitada para importar pañales de tela por la resolucion 288-90. Si no me equivoco, Upamamá es la única empresa del pais que cumplimenta con la resolucion 288-90 para importar los pañales y hay MUCHAS empresas que venden on line pañales de telas y no los importan como pañales y los venden como pañales. Tambien sería interesante que ANMAT en el futuro verificase que las compañias que fabrican pañales de tela cumplimenten tambien con las reglas de la resolucion 288-90 para preservar la integridad de la piel de los bebes!! Muchísimas gracias por la oportunidad y por el buen trabajo que hacen. Brittan Hlista y Gustavo Pigino
Edith Romina Maier12/4/2024 00:00:00La empresa titular del registro es responsable por el etiquetado de nacionalización. Debido a esto, desde mi punto de vista debería aclarase el modelo del etiquetado de nacionalización, con la información que debe contener en estos casos.